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Proceso electoral con leyes obsoletas

Foto 1 El proceso electoral 2016 inició hace poco más de una semana. El año que viene se habrá de elegir gobernador, 42 diputados locales y 153 presidentes municipales que se rigen por el sistema de partidos. Sin embargo, luego de una inexplicable dilación, el Congreso del Estado aprobó hace al menos dos meses, la Reforma Electoral, para adecuarla al marco normativo nacional, el que guía al órgano principal: el Instituto Nacional Electoral (INE). No obstante y luego de acaloradas discusiones e inclusive de pleitos al interior del edificio legislativo, en donde hubo hasta gases lacrimógenos, se aprobó con más celeridad que inteligencia, una reforma que tenía más vacíos jurídicos que cualquier otra. ¿Conclusión? A raíz de las controversias constitucionales que presentaron algunos partidos políticos como el PRD, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), invalidó la citada ley, obligando a la LXII Legislatura local a reponerla.

El asunto, no obstante, es complejo. Resulta que según se establece en el Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales de Oaxaca (CIPPEO), la ley electoral debe aprobarse al menos tres meses antes de iniciar el proceso. Ello implica que luego del palo de la SCJN, nuestros legisladores ya no están en tiempo, habida cuenta del inicio formal del proceso, por lo que echarán mano de la ley anterior, la de 2014, que no sólo es obsoleta sino que además no contempla rubros que ya son una constante a nivel nacional, como las candidaturas independientes. Un factor adicional a esta problemática es la permanencia del Tribunal Estatal Electoral (TEEO) sin cambio alguno, dado que el Senado de República, que será quien habrá de palomear a sus miembros, está imposibilitado para ello, a raíz de que no hay una Ley Electoral acorde con las nuevas reglas.

No obstante lo anterior, las precampañas y los gastos onerosos en los que incurren aquellos que han manifestado su deseo de ser candidatos, ya rebasa en mucho el tope de una campaña formal, sin que árbitro electoral alguno les conmine a regirse conforme lo dispone la ley. Hay ausencia de reglas claras y precisas, habida cuenta de que también las leyes secundarias no sólo provocaron una permanente fricción legislativa, sino inclusive parálisis, pues al menos durante un mes la LXII Legislatura de plano no sesionó. Todo lo anterior se enmara en una irresponsabilidad de los legisladores, quienes andan más empeñados en labrar su futuro que en responder a las expectativas ciudadanas. El revés de la SCJN y el uso de un término poco usual para el máximo tribunal de justicia en el país, desaseo legislativo, ubica a la actual legislatura en el triste papel de la ignorancia, la torpeza y la inmediatez.

En el caso del TEEO, es importante subrayar que la estructura actual está sobreviviendo de milagro y contra natura. De hecho debería haberse integrado una nueva estructura desde hace al menos un año o más. No se puede concebir que exista un órgano reciente: el Organismo Público Local Electoral (OPLE-Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana), cuyos miembros fueron calificados después de rigurosos exámenes ante los consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE) y de pruebas bastante severas, pero su contraparte, el Tribunal Estatal, siga con la misma acartonada estructura desde hace al menos cinco años. El proceso en puerta pues, será juzgado por leyes obsoletas aunque vigentes, que no están al ritmo de los tiempos que requiere el estado en materia electoral.

 

15oct2015-Dialogo

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