Con 89 votos a favor, 1 en contra y cero abstenciones, el pleno del Senado aprobó las modificaciones a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos para endurecer sanciones relacionadas a su portación y posesión.
El presidente de la Comisión de Justicia, Fernando Yunes Márquez aseguró que el objetivo del dictamen es buscar un camino en cuanto a la portación de armas para pacificar a México.
“Las sanciones que están previstas en los ordenamientos jurídicos que castigan la portación ilegal de armas, tanto ilícitas como aquellas que están reservadas para uso exclusivo de las Fuerzas Armadas en dos supuestos: hemos convertido dos delitos no graves a graves, pues antes nuestro ordenamiento jurídico no los consideraba con la máxima pena; esto es, con la privación de la libertad oficiosa, son: la portación de armas de uso exclusivo del Ejército, mágnum, nueve milímetro y similares, así como el delito de posesión de cartuchos de todos los demás de alto calibre que también están reservadas para el uso de las Fuerzas Armadas”.
Resaltó que el dictamen se trabajó en conjunto, se debatió de manera muy amplia, e incluso pidieron opinión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por la proporcionalidad de las penas, “por lo que me parece que hoy es importantísimo que este dictamen sea aprobado”.
Yunes Márquez dijo que las reformas y adiciones que propone el dictamen al Código Penal Federal y a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos se sustenta principalmente en el propósito de consolidar un marco legal que propicie una defensa más enérgica de la seguridad pública.
El dictamen propone una política criminal basada en el incremento de la punibilidad de las figuras penales.
“Sin embargo, para el establecimiento de una política pública adecuada en materia penal, no basta con el endurecimiento de las penas o la severidad en el castigo, sin un estudio que revalorice y establezca un sistema de sanciones que sean proporcionales a la gravedad del daño causado por el mismo”, expresó.
Indicó que la sanción prevista para un acto típico antijurídico y punible que establezca la ley penal, debe ser proporcional a la posibilidad de daño que pueda infringir en uno o varios bienes jurídicos tutelados.
Mencionó que el incremento de la pena debe ser proporcional a las condiciones actuales del país, que ayuden a desincentivar la comisión de delitos con armas de fuego, no sólo por el riesgo que representan, sino también por el desarrollo armónico y sano de la sociedad.
“Bajo este tenor, en los ilícitos cometidos con armas con mayor capacidad de daño, la penalización correctiva debe ser proporcionalmente justa para disminuir su uso; esto es, que en su rango de sanción se otorga al juzgador la facultad de incrementar la pena proporcionalmente a las circunstancias específicas de cada caso”, agregó.
Posteriormente, el senador del PAN, Jorge Luis Preciado presentó una adhesión para que los policías puedan portar armas las 24 horas del día; sin embargo, su propuesta fue rechazada por los legisladores.
Entre las sanciones destacan el incremento de siete a 15 años además de 500 a 700 unidades de medida a quien posea sin permiso un arma de uso exclusivo del ejército.