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Poder Judicial de Oaxaca aplaza retorno a la nueva normalidad hasta el 16 de julio

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El Poder Judicial de Oaxaca alargó la suspensión de sus labores hasta el próximo 15 de julio, con la posibilidad de reanudar actividades el 16, debido a que el estado aún se encuentra atravesando una fase de riesgo por el incremento en el número de contagios de Covid-19.

A través del acuerdo 9/2020, informó que los plenos del Tribunal Superior de Justicia del Estado y del Consejo de la Judicatura determinaron prorrogar la suspensión de sus actividades también como una medida para evitar la propagación del virus SARS-CoV2.

Los plenos consideraron, puntualizó, que la prolongación del período de contingencia sanitaria exige mayor compromiso para cumplir con la función constitucional encomendada, así como el diseño de un nuevo esquema de trabajo para los órganos jurisdiccionales, “preservando la salud del público, de las y los servidores públicos judiciales, lo cual da paso a una segunda etapa de restablecimiento de la actividad laboral”.

En el acuerdo se ampliaron, además, las actuaciones de los órganos jurisdiccionales.

Los juzgados civiles, familiares, mercantil oral, penales tradicionales y de competencia mixta, deberán atender otro tipo de asuntos, precisó, como las demandas y promociones se presentarán depositándose en el buzón instalado en el edificio ubicado en División Oriente número 618, previa cita electrónica. En los demás distritos judiciales se presentarán directamente en la oficialía de cada juzgado con previa cita electrónica.

De la misma forma deberán proveer las demandas o promociones que se presenten, excepto aquellas en que se pida fecha para audiencia de cualquier naturaleza; emitir las sentencias y resoluciones que se encuentren en estado, salvo las correspondientes a los juicios orales mercantiles que deben pronunciarse en audiencia.

En materia mercantil, para el desahogo de la audiencia preliminar, deberán aprovecharse las posibilidades tecnológicas de videoconferencia para no llevarla a cabo de manera presencial y practicar las notificaciones a través de correo electrónico. Cualquier otro tipo de notificaciones se reservará hasta la reanudación total de actividades.

Mientras que en materia Penal Adversarial, además de los asuntos urgentes que se encuentran previstos, también deberán atenderse las solicitudes de procedimiento abreviado, cuando el imputado o imputada se encuentre en prisión preventiva.

Sobre los casos en materia Penal tradicional se reanudará para atender sólo los asuntos urgentes como ejecución de órdenes de aprehensión, declaración preparatoria, resolución de término constitucional, fijar libertad bajo caución y dictar sentencia cuando se haya celebrado audiencia de vista.

“Los juzgados de Ejecución de Penas deberán atender asuntos urgentes como solicitudes sobre controversias de beneficios que impliquen libertad, asuntos relacionados con las condiciones de

internamiento de las personas privadas de la libertad, cuestiones de traslados urgentes, peticiones de trámite que puedan acordarse y resolverse, así como lo relacionado con la compurgación inminente de la pena de prisión impuesta”, informó, entre otras medidas.

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