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Ordena Corte indemnizar a niño que sufrió ‘bullying’

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El ministro Zaldívar invita a atender el acoso escolar o advierte que habrá consecuencias

Agencias

Foto 1México, D.F.- En lo que fue el primer fallo de este tipo en el país, la Suprema Corte de Justicia de la Nación amparó a un niño que sufrió bullying en una escuela particular del Estado de México, por lo que deberá pagar poco más de 500 mil pesos por los daños que sufrió el menor.

Según el fallo, el Instituto Universitario Verdad y Ciencia, ubicada en Metepec, Estado de México, deberá pagar la indemnización a Angélica M., madre del niño afectado.

El ministro Arturo Zaldívar afirmó que la sentencia, avalada por unanimidad, es una invitación a las escuelas particulares y públicas del país para que presten atención al acoso escolar.

Aseveró que este fenómeno no puede seguir siendo tolerado y las escuelas deben saber que puede haber una consecuencia si no se toman cartas en el asunto.

Zaldívar explicó que si este caso de acoso escolar  hubiera pasado en una institución pública, el responsable sería el Estado.

Ordenan indemnizar a niño víctima de bullying

En una resolución histórica y por unanimidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a un niño víctima de bullying en una escuela particular del Estado de México, por lo que la institución educativa deberá pagar, como indemnización por los daños sufridos por el menor, 500 mil pesos.

De acuerdo con el ministro ponente, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, la sentencia dictada ayer es una invitación a las escuelas, particulares y públicas, del país a prestar atención a los casos de acoso escolar en los planteles, y evitar así se provoquen daños sicológicos y físicos contra los menores.

“Más que una advertencia es una invitación para que entiendan que este fenómeno no puede seguir siendo tolerado y, en caso de que no se tomen las medidas por las instituciones y escuelas, que sepan que puede haber una responsabilidad y una consecuencia”, expuso.

Para los cinco ministros que integran la Primera Sala de la SCJN es imperativo contar con deberes claros y definidos para quienes tienen bajo su cuidado a menores de edad, por lo que la sentencia dictada ayer establece recomendaciones específicas para el Estado, para que sea posible identificar, prevenir y combatir el fenómeno del bullying en todo el territorio.

“Es importante cambiar la cultura de nuestro país hacia una cultura de la responsabilidad, que entendamos que cuando se trabaja con niños se tiene una responsabilidad, las instituciones educativas privadas no son sólo un negocio, tienen una responsabilidad constitucional en la educación y la salvaguarda, física y sicológica de los menores”.

Excélsior adelantó el pasado jueves de la demanda de Angélica M, madre de familia que exige el pago por indemnización al Instituto Universitario Verdad y Ciencia, localizado en Metepec, Estado de México, por 500 mil pesos, derivado del daño físico y sicológico provocado al menor por el acoso sufrido durante el segundo grado de primaria.

“Se concede el amparo para ordenar al centro educativo reparar el daño sicoemocional sufrido por el niño. Por lo tanto se condena a la escuela Instituto Universitario Verdad y Ciencia a pagar 500 mil pesos al menor”, dicta la sentencia.

En entrevista, el ministro Zaldívar explicó que para llegar a la resolución favorable al menor se comprobó plenamente que había conductas de bullying por parte de la profesora María Luciana Popoca en contra del menor, y de igual forma se probó que el niño había estado estudiando en un ambiente hostil, ya que el instituto no tomó ningún curso de acción para cumplir con sus deberes de vigilar y proteger a los menores a su cuidado.

“Si esto hubiera pasado en una institución pública, el responsable sería el Estado, ya sea la Federación o alguno de los estados, dependiendo. En este caso la madre del menor avisó de manera reiterada a la institución, pero la escuela no tomó las medidas necesarias y por eso consideramos que la actitud de la institución educativa fue negligente y de alguna manera avaló o respaldó esa conducta tanto de la profesora como de los otros niños”, dijo.

Los ministros de la Primera Sala establecieron que, al cuantificar el monto de la compensación que pagará la escuela, debía tomarse en cuenta el daño sufrido, así como el grado de responsabilidad y la situación económica de la institución responsable.

Ante la resolución del máximo tribunal del país, el asunto será regresado a un tribunal colegiado para que éste dicte sentencia en favor del niño, siguiendo los parámetros establecidos por la Corte.

La Primera Sala determinó que el bullying, además de violar los derechos del niño a la dignidad, integridad y educación, también puede constituir un tipo de discriminación
—como sucedió aquí—, pues el niño tiene trastorno de déficit de atención con hiperactividad. Destacó que si bien no es claramente una discapacidad, los niños que lo padecen están en situación de vulnerabilidad, por lo que requieren medidas de protección reforzadas.

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