Reflexiones constitucionales
Con este criterio y, dadas las percepciones que han generado las encuestas de posicionar muy arriba al candidato de Morena, López Obrador, sería suficiente —en un cálculo basado en la presunción de dichas encuestas— definir, de una vez por todas, que él es el ganador de las elecciones, sin contar los votos y sin celebrar los comicios; de ese tamaño es el absurdo criterio que se utilizó en la sentencia que incorporó al Bronco en este proceso.
Alfredo RÍOS CAMARENA
El derecho electoral es una rama de la ciencia jurídica que tiene por objeto consolidar la Democracia y darle transparencia y certidumbre a los procesos electorales. La lógica jurídica en esta materia es diferente en su hermenéutica; por ello, las resoluciones de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación son inatacables y la Constitución, en su artículo 99, consolida la fuerza jurídica de sus resoluciones.
El análisis de las sentencias del Tribunal Electoral debería apegarse en esta rama del derecho a la certidumbre y no a la presunción; sin embargo, en el caso del quinto candidato presidencial —aprobado por este cuerpo colegiado— se utilizó como argumento central la presunción, bajo la premisa de que no habiendo sido contabilizados cerca de 400 mil apoyos, se da por descontado que de ahí surgirían las más 14 mil firmas que le faltaban al candidato Jaime Rodríguez el Bronco para aparecer en la boleta electoral.
Con este criterio y, dadas las precepciones que han generado las encuestas de posicionar muy arriba al candidato de Morena, López Obrador, sería suficiente —en un cálculo basado en la presunción de dichas encuestas— definir, de una vez por todas, que él es el ganador de las elecciones, sin contar los votos y sin celebrar los comicios; de ese tamaño es el absurdo criterio que se utilizó en la sentencia que incorporó al Bronco en este proceso.
Por supuesto, que las candidaturas independientes son una válvula de salida frente a la partidocracia y deben incentivarse y apoyarse; lo que no ha hecho el marco jurídico que las deja en condiciones de grave desamparo, tanto en la propaganda publica, cuanto en los fondos públicos a los que tendrán acceso, como lo ha señalado la candidata Margarita Zavala.
La realidad es que se legisló a regañadientes sólo para subsanar la inconsistencia que manteníamos en nuestra Constitución que impedía a los ciudadanos ejercer su derecho de ser votados, limitando su participación sólo a través de partidos políticos.
Qué bueno que se incorpore al Bronco y a todos aquellos cuyas aspiraciones legítimas de competir son válidas y respetables; no se pretende descalificar al candidato y mucho menos a un sistema en embrión, como el de las candidaturas independientes, que tiene mucho que dar.
Sin embargo, el Tribunal Electoral no debe dictar sentencias que no sean de una certeza absoluta, pues poner en duda su imparcialidad y transparencia es grave para el sistema democrático; en la democracia los sufragios deben ser contados voto por voto y, en este caso, se debe contar apoyo por apoyo.
La presencia de un candidato más puede enriquecer la contienda, aunque claro que a pesar de la valentía de los independientes, están condenados irremisiblemente a no obtener un triunfo en lo que respecta a la presidencia de la república, pues, sus posibilidades son francamente muy difíciles.
Aquel viejo poder que concentraba el presidente imperial hoy se convierte en tajadas de pastel muy jugosas, en prerrogativas, prebendas y cargos públicos que se reparten los partidos políticos; ojalá que entiendan sus cúpulas que se deben democratizar desde adentro.