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Campesinos deberán pagar por usar de agua en agricultura y ganadería

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Después de sesionar por más de 12 horas, el pleno de la Cámara de Diputados logró avalar la Miscelánea Fiscal, la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos y Ley Federal de Derechos donde se obliga a todos los campesinos del país a pagar derechos por el uso del agua para uso agrícola y pecuario.

Los legisladores primero avalaron la Miscelánea Fiscal después de la 1 de la mañana con algunas modificaciones y la remitieron al Senado de la República.

Posteriormente aprobaron la Ley Federal de Derechos con la obligación a pagar derechos de agua a todos los agricultores del país a partir del 2020 con lo que pretenden recaudar extras en la Ley de Ingresos: 520 millones de pesos.

Al sesionar la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, el diputado Carlos Javier Lamarque Cano presentó una reserva para modificar la Ley Federal de Derechos y que las aguas provenientes de fuentes superficiales o extraídas del subsuelo, destinadas a uso agrícola y pecuario pagarán derechos sobre el agua por cada metro cúbico que exceda los 216 mil 364 metros cúbicos.

La modificación al artículo 223 propuesta detalla: «por las aguas provenientes de fuentes superficiales o extraídas del subsuelo, destinadas al uso agrícola y pecuario, definidos como tales en la Ley de Aguas Nacionales, incluyendo a los distritos y unidades de riego, así como las juntas de agua, con excepción de las usadas en la agroindustria y en actividades pecuarias industrializadas, se pagará el derecho sobre agua por cada metro cúbico que exceda los 216 mil 364 metros cúbicos trimestrales y se definen una serie de tablas.

Además, en el caso de que el volumen concesionado a los usuarios agrícolas y pecuarios, incluyendo a los distritos y unidades de riego, así como las juntas de agua, sea inferior a los 216 mil 365 metros cúbicos trimestrales y el volumen explotado, usado o aprovechado sea superior al concesionado, «se pagará el derecho sobre el agua por cada metro cúbico que exceda al concesionado conforme a las cuotas señaladas».

Se describe que los ingresos que se obtengan por la recaudación del derecho de agua se destinarán a la Comisión Nacional del Agua para la administración del agua, instalación de dispositivos de medición y tecnificación del propio sector agropecuario.

Cabe recordar que actualmente en la Ley Federal de Derechos se exenta a los sectores agropecuarios y educativos en el pago de derechos de agua.

En esta modificación quedan exentas las instituciones educativas.

Ley de Hidrocarburos
Los diputados federales también avalaron la iniciativa del presidente de la República a la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos para bajar la carga fiscal a Petróleos Mexicanos para el próximo año y el 2021.

En el documento avalado se describe que para contribuir a romper el círculo vicioso en el que se encuentra atrapada Pemex, por la caída de la producción, la reducción de los ingresos, la limitada generación de flujo de efectivo y la disminución de la inversión, propone como una medida de carácter estable, se pretende bajar el pago de derecho por la utilidad compartida de 65% a 58% en el ejercicio fiscal de 2020 y hasta 54% a partir del ejercicio fiscal de 2021.

«En ese sentido, el Titular del Ejecutivo Federal estima que con esta medida se liberarán recursos a la empresa productiva del Estado para la inversión en exploración y extracción, lo cual le permitirá reponer sus reservas e impulsar su producción de petróleo. Asimismo, la aplicación gradual de la medida citada permitirá generar los espacios fiscales para mantener finanzas públicas sanas», determina el dictamen.

Además, se propone prever en los artículos 42 y 44 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, que los pagos provisionales mensuales del derecho por la utilidad compartida y los pagos mensuales correspondientes al derecho de extracción de hidrocarburos, se deberán efectuar a más tardar el día 25 del mes posterior a aquél al que correspondan los mencionados pagos y, en caso de que el mencionado día sea inhábil, el pago se deberá realizar al siguiente día hábil.

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