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Analiza Congreso figura de la legítima defensa

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La 64 legislatura del estado analiza reformar el Código Penal para crear la figura de legítima defensa ante la realidad social y jurídica que vive Oaxaca, afirmó el integrante de la Comisión Permanente de Seguridad y Protección Ciudadana, diputado Luis Alfonso Silva Romo.

Dijo que la iniciativa tiene por propósito contrarrestar la inseguridad que se vive actualmente y, además, no hacer punible la defensa del patrimonio o bienes de los ciudadanos cuando se defiendan de delincuentes.

Señaló que es positivo que la gente se pueda sentir más segura en su vivienda, “pues no podemos negar que vivimos una crisis de seguridad, en la que buena parte de la población está expuesta a la acción de los delincuentes”.

El abogado de profesión expresó que la sociedad y las leyes se deben adecuar a los tiempos que estamos viviendo: “Como son tiempos de mucha inseguridad, tenemos que darle herramientas a la ciudadanía para que pueda reaccionar y pueda sentirse más segura en términos jurídicos y defender su patrimonio y su familia en su vivienda”.

Explicó que cuando un delincuente decide agredir a un ciudadano sabe que pone en riesgo su propia vida porque va a existir un acto de violencia, pero también el agredido tiene derecho a la vida, sus bienes jurídicos y su patrimonio, y puede responder con un acto que tenga como consecuencia, incluso, privar de la vida al atacante. “Esta acción, que no es provocada por el agredido, no puede constituir delito alguno; por el contrario, creo que actúa conforme a derecho y, por tanto, debe excluirse de la comisión de un delito”.

“Como legisladores debemos de adecuar las leyes a la realidad que se vive en un momento determinado, por eso se proponen, discuten y, en su caso, se aprueban este tipo de reformas”.

Silva Romo explicó que la iniciativa ya se encuentra en comisiones e incluso se intentó elaborar el dictamen correspondiente para presentarlo en esta sesión, “pero la agenda legislativa en este momento está muy ocupada y tendrá que esperar hasta el próximo periodo ordinario de sesiones, porque el actual concluye el día 30 de este mes”.

Casa habitación

Sin embargo, manifestó que la figura debe aplicar solamente para cuando el ciudadano se encuentre en su casa habitación, aunque considerando como tal el patio, jardin, azotea, bardas, todo lo que es el contexto de la casa habitación y no comprenderá negocios o automóviles.

Dijo que también debe aplicar en el caso de algún asalto o robo con violencia, porque la víctima tiene que defenderse y, por tanto, puede golpear, herir o privar de la vida al delincuente y estará amparado por la ley.

“Hay que dejar bien claro que de ninguna manera es una licencia para matar, porque en la figura están perfectamente definidos los casos en que es procedente y, además, la autoridad deberá tener las pruebas suficientes de que se actuó en legítima defensa”.

El legislador manifestó que en el supuesto de la legítima defensa, no se está hablando de una restricción o perdón de la pena o de un estado de necesidad que disculpe al agredido, sino de una reacción legítima y plenamente jurídica.

Destacó que se parte del supuesto de que el agredido actúa acorde a derecho cuando se defiende de un agresor, siempre y cuando no antecede una provocación por parte de quien se defiende, porque de ser así se entendería que, en realidad, no es un caso de legítima defensa sino una situación buscada y propiciada, tal vez con la intención de matar a quien después lo agrede.

Agregó que lo tanto, cuando hay un ataque que pone en peligro la vida o bienes, de la persona que se defiende o de un tercero, ésta se puede defender de diferentes formas cuyo resultado puede ser incluso, la privación de la vida al atacante.

“En este caso, en rigor, no se trata de un homicidio, ni de un homicidio que se perdona por las circunstancias del caso; no es tampoco una causa de inimputabilidad o de disculpa, sino una causa de justificación”.

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