Sin discusión, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
dio revés a la reducción de la residencia efectiva de 5 a 3 años para
ser Gobernador de Oaxaca, establecida por la actual LXII Legislatura
local.
Ello al pronunciarse en el respectivo punto resolutivo del proyecto de
sentencia sobre la acción de inconstitucionalidad 53/2015 y sus
acumuladas 57/2015, 59/2015, 61/2015 y 62/2015, promovidas por
diferentes partidos políticos y diputados de la misma Legislatura
inconformes con la reforma aprobada por la mayoría legislativa
oaxaqueña.
En la sesión del pleno de este lunes, los Ministros de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación avalaron el resolutivo del proyecto de
sentencia del Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena de declarar la
invalidez del artículo 68, fracción I, de la Constitución Política de
Oaxaca en la porción normativa que dice “o vecino con residencia
efectiva no menor de tres años inmediatamente anteriores al día de los
comicios”.
Los Ministros sin discusión alguna votaron a favor el punto resolutivo
por considerar inconstitucional dicha disposición.