José HANNAN ROBLES
Foto: Jairo Aragón
A pesar de existir reformas a la Ley Federal de Protección al Consumidor para que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), regule las actividades de las casas de empeño y establezca un registro público de las mismas para una mayor supervisión y control, la mayoría de las 60 casas de empeño en esta ciudad y 300 en el interior del estado, no han cumplido con este requisito para operar.
Lo anterior fue dado a conocer por el delegado de la Profeco, Paulo José Luis Tapia Palacios, quien dijo que de esta medida se excluyen los establecimientos que son sujetos obligados de las instituciones de asistencia privada (IAP), que se rigen por el código civil, por no tener fines de lucro.
A pesar que se establecen multas que van de los 617 a los 2 millones 414 mil pesos para las casas de empeño que no acaten estas disposiciones, hasta el mes de noviembre pasado solo algunas se habían registrado.
“Las casas de empeño han mostrado mucha resistencia para registrarse, sobre todo porque este proceso no solo pone en relieve quienés son los dueños o apoderados sino también deben de acreditar que no se encuentran sancionados por los medios penales, es decir, tienen que presentar su carta de no tener antecedentes penales”.
No podrán ser socios, accionistas, directivos o representantes de casas de empeño quienes hayan sido condenados por delitos patrimoniales, financieros o por delincuencia organizada.
Las casas de empeño y los formatos de contratos que celebren con sus clientes deben inscribirse en el registro público de la Profeco, indicó su titular.
Las reformas, en este sentido, explicó Tapia, garantizan al consumidor que la casa de empeño no desaparecerá sin cumplir sus obligaciones mediante fianzas o garantías que tengan procesos expeditos de reclamación, sanción y reparación del daño del bien entregado en prenda.
Entre las denuncias más frecuentes presentadas por los pignorantes ante la Profeco, están: el remate de prendas antes de que se venza el plazo establecido. El incremento de las tasas de interés pretextando el cobro de un porcentaje por almacenamiento.
Las tasas que por lo general dicen cobrar estos negocios son de 30 por ciento, pero en realidad terminan cobrando entre 45 y 50 por ciento, reveló.
En materia de transparencia, la ley establece la obligación de las casas de empeño de publicar los términos y condiciones de operación, así como los costos e intereses del mutuo prendario, explicó.
Tapia Palacios resaltó que se verificará que se cumpla con la norma oficial correspondiente en lo que se refiere al contrato que deben tener y cumplir estos establecimientos. Que informen al público respecto a todas las políticas, intereses, cobro, que otorguen las boletas de empeño porque con frecuencia no lo hacen y después se niegan a devolver las prendas.
Cuando las casas de empeño presentan sus contratos de adhesión se revisa que no tengan clausulas abusivas, apuntó.
El delegado de la Profeco, dio a conocer que de 32 casas de empeño verificadas, 13 se inmovilizaron, y están sujetas a un proceso administrativo para evaluar el monto de la sanción.