Con más de 400 feminicidios en los últimos cinco años, hasta el cierre del 2015 sólo se tenía 5 sentencias condenatorias por parte del poder judicial
Jazmín GÓMEZ
A poco más de tres años de la tipificación del delito de feminicidio en la entidad, en donde se establecen sanciones de 40 y hasta 60 años de prisión para el o los responsables de los asesinatos de mujeres con violencia, no hay avances en materia penal.
Cabe señalar que con 35 votos a favor, el Congreso local aprobó las reformas al Código Penal estatal que tipifican el delito de feminicidio, con la modificación del artículo 411 de la normatividad, convirtiéndose esta entidad en la número 15 en aprobar este delito penal.
El dictamen, en su momento, fue presentado por la diputada del Partido Acción Nacional (PAN), y presidenta de la Comisión de Equidad y Género, Ivonne Gallegos Carreño, luego de la solicitud de diversas organizaciones de la sociedad civil, principalmente de grupos de mujeres feministas.
Sólo 5 sentencias en tres años; nulo trabajo de la Fiscalía
Con más de 400 feminicidios en los últimos cinco años en Oaxaca, hasta el cierre del 2015 sólo se tenía 5 sentencias condenatorias por parte del poder judicial por el delito de feminicidio a tres años de la tipificación; las investigaciones de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca no arrojan los resultados esperados.
La directora del Instituto de la Mujer Oaxaqueña, Anabel López Sánchez, explicó que se tiene que ver que el feminicidio es la consecuencia última de las distintas formas de violencia contra la mujer, y es responsabilidad de la Fiscalía General de Justicia hacer las investigaciones de tal manera que se tengan los elementos para sancionar a responsables y el Poder Judicial es quien debe sentar precedentes en sentencias.
Señaló que el IMO ha hecho su trabajo, propuso la sanción de tipo penal, ha realizado la capacitación a policías, agentes del ministerio público, a jueces, pero se requiere del trabajo de otras instancias para sancionar, de lo contrario el delito continúa en la impunidad.
López Sánchez expuso que otro tema fundamental son los recursos, pues hace falta una política pública federal que destine los recursos suficientes para la prevención y atención de la violencia hacia las mujeres, que las instituciones y la sociedad civil cuenten con recursos para poder trabajar.
Indicó que el PEF de este año alcanza 24 mil millones de pesos, de lo cual lo mínimo es para atención y prevención de la violencia, si se compara con lo que se destina en otros rubros como son a partidos políticos.
La directora del IMO enfatizó que si no hay compromiso de los distintos poderes del estado y hay instancias que no hacen su papel, seguirán registrándose los feminicidios en la entidad porque el trabajo en prevención se quedaría aislado.
Precisó que oficialmente -este año- se tienen registrados 4 casos de feminicidios, 84 el año pasado y poco más de 400 en cinco años, pero lo más grave es que con el feminicidio no se cierra la violencia sino continúa como es el caso de cuando se quedan niños o niñas huérfanas.
“Creo que el tema del feminicidio no sólo es el recuento, porque es impactante la cifra, pero con cada feminicidio no se cierra la violencia, se abren otras distintas formas de violencia, hijos e hijas huérfanas porque cada mujer tiene una historia en su entorno”, reveló.
La funcionaria estatal, indicó que en el tema de feminicidio está por un lado el reto de la no impunidad para victimarios y el reto de cómo hacer el acompañamiento a mujeres víctimas de violencia para evitar el feminicidio, o cómo hacer el acompañamiento a familiares de mujeres que mueren en estas condiciones de violencia.
“Insisto en que el Poder Judicial tiene una gran labor ahí, acelerar los procesos, aplicar protocolos de atención, es reprobable que solo tengamos cinco sentencias. Nos dicen que hace el IMO, pero impulsamos la tipificación del delito en el código penal, propusimos protocolos y seguimos en capacitaciones, las instituciones no pueden esperar cambios culturales, sino asumir responsabilidades”, refirió.
Violencia contra las mujeres, un fenómeno mundial
“La violencia contra las mujeres es un problema mundial, porque mundial ha sido la subordinación histórica de éstas. En cualquier sociedad actual conocida, los hombres han establecido normas legales o consuetudinarias para garantizar su supremacía frente a las mujeres”, señala Juana Gallego, coordinadora del libro “Si te vas, te mato. Mujeres que murieron por su libertad” en el que un grupo de estudiantes dan a conocer casos de mujeres que murieron con violencia en Barcelona y que son similares a los feminicidios cometidos en Oaxaca.
“¡Mi papá ha matado a mi mamá!, gritó Javier, de siete años, lloroso y descompuesto, cuando su tía abrió la puerta. Estas fueron las primeras palabras que Javier pronunció ante sus vecinos cuando vio a su madre estirada en el comedor de su casa. Era el 19 de marzo de 1986, día del Padre. Era un día especial para la familia. José de 33 años y Rosario de 29 cumplían además su noveno aniversario de bodas”, es uno de los casos que narra el libro coordinado por Juana Gallego, en la página 38.
El mismo libro revela que para 1996, el 27% de las mujeres en México, habían sufrido algún tipo de violencia por parte de sus parejas en el mundo.
Violencia en Oaxaca supera a países de Europa y América
En el informe ciudadano “AUSENCIAS. Violencia Feminicida y Feminicidio en Oaxaca” que realizó Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad Oaxaca, se afirma que “la violencia feminicida en el estado de Oaxaca es tan alarmante que de acuerdo a estadísticas del 2014, supera a varios países de Europa y de América”.
De acuerdo al informe en el 2014, se cometieron 129 feminicidios, en España 102, Chile con 44, Perú 93, República Dominicana 88 y Nicaragua 75; asimismo el Observatorio Nacional Ciudadano señaló que ese mismo año, Oaxaca, Estado de México y Distrito Federal, ocupaban los tres primeros lugares a nivel nacional en materia de feminicidios.
“Resulta claro que en Oaxaca, los feminicidios han aumentado en los años recientes. En 2013, las organizaciones civiles en Oaxaca documentamos 68 casos, mientras que para 2014, según nuestros reportes, la cifra fue de 109, lo que representa un incremento de 160.29%. La Subprocuraduría de delitos contra la mujer por razón de género reportó un número mayor de feminicidios en este periodo (dic. 2013 a nov. 2014) llegando a 133 mujeres asesinadas”, revela el informe “AUSENCIAS. Violencia Feminicida y Feminicidio en Oaxaca”.
Asimismo se señala que en los casos que fue posible conocer la ocupación de las víctimas de feminicidio en 2014, se observó que 15 de ellas eran amas de casa, 12 se dedicaban al comercio y casi el 5% eran estudiantes, otras más de ocupación secretaria, empleada, taxista, meseras, modista, y 58 ocupación desconocida.
La relación de la víctima con victimarios fue de: compañero sentimental, vecino, papá o mamá, familiar, médicos, compañera de trabajo, padrastro o desconocido y las formas de feminicidio fueron con arma de fuego, arma blanca, golpes, asfixia, negligencia médica, decapitación, cuerpo desmembrado.
EL CASO OAXACA
Según el Estudio Nacional Sobre las Fuentes, Orígenes y Factores que Producen y Reproducen la Violencia Contra las Mujeres, las nueve entidades que registran una tendencia creciente de homicidios de mujeres son Chiapas, Chihuahua, Distrito Federal, Durango, Guerrero, Michoacán, Oaxaca, Sinaloa y Sonora.
Sin embargo, la tipificación del feminicidio en Oaxaca (agosto de 2012) no ha frenado la incidencia de estos delitos. Ana María Hernández, directora de Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad-Oaxaca, denunció que desde que entró en vigor el tipo penal, los feminicidios no han disminuido.
Y tampoco se ha aprobado emitir la alerta de género.
De acuerdo, con el artículo 24 la declaratoria de alerta de violencia de género contra las mujeres se emitirá cuando los delitos del orden común contra la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de las mujeres, perturben la paz social en un territorio determinado y la sociedad así lo reclame.
También establece como requisitos que “exista un agravio comparado que impida el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres” y que “los organismos de derechos humanos a nivel nacional o de las entidades federativas, los organismos de la sociedad civil y/o los organismos internacionales, así lo soliciten”.
EL DATO
Legislación Local
CAPITULO III FEMINICIDIO
Artículo 411
Artículo 411. Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género.
Se entiende por razones de género cuando ocurra cualquiera de las siguientes circunstancias:
I.- La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;
II.- A la víctima se le haya infligido heridas, escoriaciones, contusiones, fracturas, dislocaciones, quemaduras, mutilaciones con implicaciones sexuales o que le genere sufrimiento.
III.- Existan antecedentes o indicios anteriores de amenazas, acoso o maltrato del sujeto activo en contra de la víctima;
- -El cadáver o restos de la víctima hayan sido enterrados u ocultados;
V.- El cadáver o restos de la víctima hayan sido expuestos en lugar público;
- -La víctima haya sido incomunicada o privada de su libertad, y
VII. -Por desprecio u odio a la víctima motivado por discriminación o misoginia. Se entiende por misoginia las conductas contra la mujer que se manifiestan mediante actos violentos o crueles contra ella.